201504.08
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TRIBUNAL SUPREMO sobre clausulas suelo

TRIBUNAL SUPREMO sobre clausulas suelo: en caso que la se declaren nulas sólo se podrá reclamar el dinero pagado desde 2.013, no antes.
Importantísima nota informativa del Tribunal Supremo respecto a clausulas suelo abusivas por falta de transparencia.

Con fecha 26 de febrero de 2.015 se ha emitido por el Alto Tribunal una nota por la que pone en conocimiento de la pronta resolución de dos recursos presentados por entidades financieras.

Respecto al recurso planteado por Cajamar se le ha denegado su petición de que se rectifique el criterio del Tribunal Supremo sobre clausulas suelos abusivas que la sentencia de 9 de mayo de 2.013 estableció. Por lo que los criterios que se sientan en la misma quedan fijados con la resolución de este recurso.

El recurso presentado por la entidad BBVA ha reiterado la doctrina de la sentencia antes mencionada pero matizando un aspecto muy importante en las reclamaciones judiciales: efecto restitutorio e indeminizatorios de las cantidades ya pagadas por la clausulas suelo declaradas nulas por falta de transparencia. Pues bien se fija como fecha de cómputo a efectos de reclamación la de la sentencia que ha creado jurisprudencia:
9 de mayo de 2.013

Esto significa que a partir de la notificación próxima del recurso planteado por el BBVA se fija como fecha límite de reclamación la mencionada.

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